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dijous, 21 de juliol del 2016

CUENTAS BANCARIAS Y AHORROS EN CASO DE DIVORCIO

El tribunal puede emitir una orden temporal para limitar la capacidad de cada cónyuge en el uso de las cuentas bancarias y que solo pueda utilizar el dinero para los gastos ordinarios.

A quién le pertenece el dinero de las cuentas bancarias tras el divorcio?
 
Abrir una cuenta bancaria con la pareja es una práctica habitual, incluso en el caso de tener separación de bienes ya que es una buena herramienta para domiciliar los recibos y pagar los gastos comunes del hogar. Ahora bien, ¿qué ocurre en caso de divorcio? Podemos encontrarnos con varios supuestos:
 
Parejas casadas con separación de bienes: el dinero de las cuentas bancarias conjuntas, en principio, es de ambos miembros de la pareja y el de las cuentas individuales sería solo del titular.
Parejas casadas en régimen de bienes gananciales: todas las cuentas bancarias cuyo titular fuera uno o ambos cónyuges se considerarían propiedad de los dos, salvo que se demuestre que alguna cantidad es un bien privativo de uno de los miembros del matrimonio.
 
Sin embargo, no es tan sencillo, esto son solo dos supuesto.  Hay veces que una de las dos partes decide sacar dinero de la cuenta bancaria o directamente bloquearla. Aunque  por lógica esta situación acabará por resolverse en un juicio, puede alargar mucho el proceso de repartición de los fondos.
 
El reparto de bienes tras el divorcio
 
En el convenio regulador se hará constar cómo quedará repartido el uso de los bienes que se tienen en común y debe además indicarse si se procede a su liquidación.
El reparto de bienes dependerá en gran parte del régimen económico del matrimonio, que ya hemos comentado. Este reparto se detalla, junto con otras condiciones como la custodia de los hijos y otros acuerdos, en un contrato denominado convenio regulador.
 
Cuando la separación es de mutuo acuerdo y ambos cónyuges actúan de buena fe, no suelen existir problemas en el reparto del dinero de las cuentas bancarias. Esto se produce con una disolución de forma amistosa en la que los titulares se llevan el dinero a otra entidad o abren una nueva posición en el banco en el que ya estaban y cierran la otra cuenta bancaria.
 
Ahora bien si es un divorcio contencioso, en el que alguno de los cónyuges decide retirar dinero del banco, el tribunal puede emitir una orden temporal para limitar la capacidad de cada cónyuge en el uso de las cuentas bancarias y que solo pueda utilizar el dinero para los gastos ordinarios. La entidad está obligada a facilitar a la justicia detalles sobre los movimientos y el saldo de las cuentas con el fin de agilizar la distribución de los fondos.


http://informativojuridico.com/qu%C3%A9-pasa-con-las-cuentas-bancarias-y-los-ahorros-del-matrimonio-en-caso-de-divorcio

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